Senado aprueba proyecto que aumenta sanciones para quienes incumplan medidas sanitarias: Pasa a la Cámara

La iniciativa, que modifica el Código Penal estableciendo una condena de hasta tres años de presidio efectivo, será discutida mañana en tercer trámite por los diputados.

El Senado aprobó el proyecto que aumenta las sanciones a quienes incumplan las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria en medio de la pandemia.

Con esto, y tal como lo había solicitado el Gobierno, que había pedido una rápida tramitación de la iniciativa, el texto vuelve mañana a la Cámara de Diputados para ser discutido en tercer trámite.

La norma que sanciona la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, fue aprobada por los senadores con 32 votos a favor, cinco en contra y cuatro abstenciones.

En detalle, rechazaron la iniciativa los senadores Alejandro Guillier (IND), Juan Ignacio Latorre (RD), Alejandro Navarro (País-Pro), Yasna Provoste (DC) y Jaime Quintana (DC). En tanto, se abstuvieron Isabel Allende (PS), Jorge Pizarro (PPD), Rabindranath Quinteros (PS) y Ximena Rincón (DC). 

Esta norma contempla un aumento de las penas estableciendo hasta tres años de presidio efectivo y multas que fluctúan entre 10 y 200 UTM, es decir, entre $500 mil y $10 millones.

En el debate, el ministro del Interior Gonzalo Blumel, reiteró la importancia de la iniciativa en medio de la crisis sanitaria y la propagación del covid-19, agradeciendo el despacho hecho por el Senado.

Organizar fiestas será agravante

Del mismo modo, la iniciativa indica que los que teniendo autoridad para disponer el trabajo de un subordinado, los obliguen a trabajar presencialmente cuando éste se encuentre en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad pública, pueden ser sancionados con hasta 3 años de presidio y una multa de 10 a 200 UTM por cada trabajador obligado.

Esta iniciativa, que modifica el Código Penal, considera como agravante el organizar o convocar fiestas, eventos o similares.

Fuente: Emol.com