La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió anular la deuda que dos mujeres mantenían con el CAE y el Fondo Solidario, pese a que se habían declarado en quiebra y ordenó que sus registros fueran borrados en la Tesorería, en el comercio y la banca.
La decisión judicial quedó plasmada en sendos fallos de recursos de protección interpuestos por acreedoras que se acogieron al llamado Procedimiento Concursal de Liquidación (PCL), hoy a cargo de la Superintendencia de Insolvencia y Emprendimiento (SIE).
El máximo tribunal estimó que la quiebra de una persona busca que se convierta nuevamente en “sujeto de crédito”, por lo que cualquier deuda debe quedar anulada y borrada en todo el sistema, independiente de la que se trate.
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Fuente: biobiochile.cl