Prohibición de voto a contagiados llega a la justicia: Presentan primer recurso de protección contra el Servel

El documento fue ingresado ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso el 15 de septiembre por la Comisión Chilena de Derechos Humanos, en representación de una persona que actualmente está contagiada de coronavirus.

Si una persona contagiada de Covid-19 llega a su local de votación el 25 de octubre, ¿podrá votar? Hasta ahora, lo que se ha dicho tanto en el Servicio Electoral (Servel) y en el gobierno es que sí. Pero, según el ministro vocero de gobierno, Jaime Bellolio, después la persona será sancionada y podría incluso ser detenida.

En este contexto, el 15 de septiembre pasado el presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, Carlos Margotta, en representación de Sergio Miguel Castro Salinas, presentó un recurso de protección en contra del Servel, “representado legalmente por su director nacional Raúl García Aspillaga y en contra de Patricio Santamaría Mutis, presidente del Consejo Directivo de la institución”, dice el documento.

Los acusa a ambos de privar, perturbar, y amenazar el legítimo ejercicio de los derechos y garantías de igualdad ante la ley y la libertad de emitir opinión. De acuerdo al recurso, Sergio Castro Salinas se puede ver afectado en su derecho a sufragio por tener coronavirus.

“La acción deducida persigue obtener la protección urgente de los derechos y garantías constitucionales de Sergio Miguel Castro Salinas, recurrente que -al igual que todos los ciudadanos y ciudadanas con derecho a sufragio en nuestro país, ve amenazada su posibilidad de concurrir a ejercer el sufragio en las próximas elecciones- en razón de los dichos, declaraciones y actos administrativos del Servel a través de su director nacional y del presidente de su Consejo Nacional”, se indica.

El recurrente, dice el documento, ha tenido una participación activa en cabildos autoconvocados desde octubre de 2019, en diversos territorios.

Indica que Castro comenzó con los primeros síntomas el 12 agosto 2020, como consecuencia de ser considerado contacto estrecho de persona contagiada y presentar síntomas. Fue así como el 15 de agosto el PCR le salió positivo, lo que implicó que iniciara cuarentena. En los días subsiguientes presentó síntomas complejos desde lo físico a lo emocional, pero fueron bajando en intensidad a medida del paso del tiempo.

De esta forma, señala que “sus derechos invocados en la presente acción constitucional de protección se ven actualmente amenazados, de acuerdo con los preceptos del ‘Protocolo Sanitario Para un Plebiscito Nacional 2020 más seguro’ del Servicio Electoral, de fecha 31 de julio de 2020, que constituye un acto de autoridad, y que no contiene definiciones claras sobre garantizar el derecho universal de sufragio”.

Este protocolo asegura que se debe “instaurar un control de toma de temperatura en las oficinas del Servicio Electoral de Chile, así como en los centros de producción de material electoral, realizando un breve cuestionario sobre posibles síntomas. En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial”.

Fuente: latercera.com