Corte da un mes al presidente del sindicato de corredora de seguros para que transparente gestión

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió una demanda deducida y ordenó al presidente del sindicato de trabajadores de la empresa Compañía de Seguros La Previsión, rendir cuenta de su gestión.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia que acogió la prescripción de la acción y dio plazo de 30 días al demandado para cumplir con la obligación de dar cuenta de su gestión como presidente de la organización gremial.

El fallo detalló que el demandado, de iniciales H.D.H.M. “tiene la administración de los bienes de dicho sindicato” y que los estatutos obligan al presidente “a dar cuenta verbal de la labor del directorio en cada asamblea ordinaria, y de la labor anual, por medio de un informe al que dará lectura en la última asamblea del año y proporcionar la información y documentación cuando esta le sea solicitada por alguno de sus asociados”.

Y añadió que el artículo 2155 del Código Civil obliga al mandatario “a dar cuenta de su administración, por lo que el demandado, tiene la obligación de rendir cuenta, sin que se haya demostrado que lo haya realizado (…)”.

Por tanto, la Corte resolvió acoger con costas la demanda deducida en contra del presidente del mencionado sindicato y se declaró que este “se encuentra obligado a rendir cuenta de su gestión como presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores Productores de Seguros de la Empresa Compañía de Seguros La Previsión, la que deberá rendir dentro del plazo de 30 días hábiles”.

Fuente: biobiochile.cl